Bosnia y Herzegovina

Bosnia y Herzegovina declaró su independencia de la República Federativa Socialista de Yugoslavia (RFSY) el 3 de marzo de 1992.

El conflicto que se desarrolló durante los siguientes tres años y medio fue testigo de asesinatos, torturas y desapariciones como resultado de acciones militares y también como resultado de la “limpieza étnica” y otras violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, a menudo perpetrados contra civiles. Poco más de 100.000 personas perdieron la vida. Esta cifra incluye aproximadamente 31.500 personas desaparecidas.

A pesar de las limitaciones administrativas de una compleja estructura gubernamental y de los esfuerzos sistemáticos de algunas partes para impedir la localización e identificación de los cadáveres, aproximadamente el 75 por ciento de las personas reportadas como desaparecidas como consecuencia de la guerra han sido encontradas. Ningún otro país que sale de un conflicto ha logrado una tasa tan alta de resolución de casos de personas desaparecidas.

Desde 1996, la ICMP ha desempeñado un papel central en este esfuerzo, ayudando a desarrollar la capacidad institucional de Bosnia y Herzegovina para abordar la cuestión de las personas desaparecidas de manera no discriminatoria, elaborando legislación para salvaguardar los derechos de las familias, introduciendo técnicas forenses de vanguardia métodos, incluido el uso de ADN, defender procesos basados ​​en el estado de derecho que han garantizado el suministro de pruebas a los tribunales nacionales y al TPIY, y facilitar la participación activa de las familias de los desaparecidos.

Los avances de Bosnia y Herzegovina en esta cuestión deben verse en el contexto de un marco de políticas desarrollado que incorpore estándares internacionales de capacidad técnica y administrativa. El resultado ha sido un proceso institucional, legislativo y cooperativo, apuntalado por el establecimiento del Instituto de Personas Desaparecidas de Bosnia y Herzegovina (MPI), el establecimiento de la Registros centrales, la adopción de un Ley de Personas Desaparecidas y la creación de mecanismos de cooperación interinstitucional para abordar la cuestión de los restos humanos no identificados en las morgues del país bajo el auspicio general de los tribunales y fiscales nacionales.

Documentos clave

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10 de enero de 2018

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06 de marzo de 2023

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06 de marzo de 2023

BIH es Estado parte en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos, incluida la Convención Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR), la Convención contra la Tortura y Otras Formas Crueles, Inhumanas o Degradantes. Tratamiento o Pena (CAT), la Convención para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (CIPPED), la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH ) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI).

Además, BIH, junto con Serbia, Croacia y Montenegro, firmaron la Declaración sobre el papel del Estado al abordar la cuestión de las personas desaparecidas como consecuencia de conflictos armados y abusos de los derechos humanos, redactada bajo los auspicios de la ICMP. En 2018, BIH firmó la Declaración Conjunta sobre Personas Desaparecidas en el Marco del Proceso de Berlín junto con otros 14 Estados participantes en el Proceso de Berlín.

En términos de cooperación regional, Bosnia y Herzegovina firmó protocolos y acuerdos de cooperación en el proceso de contabilización de personas desaparecidas con Serbia (2015), Croacia (2017) y Montenegro (2019).

La Constitución de BIH, que forma parte del Acuerdo Marco General para la Paz en BIH, establece un sólido marco de protección de los derechos humanos. La Constitución prevé específicamente la protección del derecho a la vida, el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos o penas inhumanos y degradantes, el derecho a la libertad y a la seguridad de la persona, y el derecho a la vida privada y familiar, así como como prohibición de discriminación.

Como parte de las reformas del derecho penal que se llevaron a cabo dentro del proceso general de reforma jurídica en BIH, se adoptaron una serie de nuevas leyes que permiten el enjuiciamiento de crímenes de guerra y otros delitos graves conforme al derecho internacional, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos y el estado de derecho. -principios de derecho. Esto incluyó el establecimiento de una Sala/Departamento especial de Crímenes de Guerra dentro del Tribunal estatal y la Fiscalía, respectivamente. También se adoptó el nuevo Código de Procedimiento Penal (CPC), que introduce importantes características del procedimiento contradictorio en los juicios.

La Ley de BIH sobre Personas Desaparecidas , promulgada en 2004, fue la primera ley de este tipo en un país posconflicto relacionada con personas desaparecidas en cualquier parte del mundo. Codifica el “derecho a la verdad sobre la suerte de los familiares desaparecidos”, así como el derecho a ser informado sobre los esfuerzos de investigación. También estableció el Instituto de Personas Desaparecidas (MPI) de BIH como institución del Estado y con el mandato de buscar e identificar a personas desaparecidas en todo el territorio de BIH, poniendo así fin a la práctica discriminatoria de buscar personas desaparecidas por su origen étnico. afiliación. Ordenó la creación tanto del Registro Central de Personas Desaparecidas (CEN) como de un Fondo para las Familias de los Desaparecidos. También preveía sanciones contra personas e instituciones que ocultaran información sobre la suerte de las personas desaparecidas. El objetivo del CEN establecido conforme a esta Ley es servir como una base de datos central de información sobre personas desaparecidas, consolidando los registros que se mantienen en los distintos niveles de gobierno y oficinas regionales. Establecer una lista única y unificada de personas desaparecidas es importante, entre otras cosas, para garantizar la integridad de los datos y evitar la manipulación de las cifras de personas desaparecidas con fines políticos o de otra índole.

La Ley también defiende otros derechos de las familias, como la disposición temporal de los bienes de las personas desaparecidas en los casos en que las personas no hayan sido declaradas muertas, los costos de entierro, los derechos de prioridad en la realización del derecho a la educación y el empleo de los hijos de las personas desaparecidas, atención médica y conmemoración en las tumbas.

El Instituto de Personas Desaparecidas

El lanzamiento del MPI como institución a nivel estatal, el 30 de agosto de 2005, Día Internacional de los Desaparecidos, marcó la transferencia de responsabilidad de las comisiones de las Entidades sobre personas desaparecidas al nivel estatal y el fin de un proceso segregado de contabilidad de las personas desaparecidas. desaparecido. El establecimiento del MPI estuvo precedido por un proceso de consultas de dos años en el que participaron representantes de las familias de los desaparecidos, los gobiernos de la Entidad y el distrito de Brčko, y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) como observador. Los primeros tres miembros del Consejo de Administración de MPI asumieron sus cargos en 2006, y los miembros de otros órganos de dirección fueron nombrados formalmente en el verano de 2007.

El establecimiento del MPI fue un hito en la recuperación de BIH después de la guerra, ya que proporcionó un mecanismo interno sostenible para localizar a personas desaparecidas independientemente de su afiliación étnica, religiosa o nacional, o su papel en hostilidades pasadas. El MPI también garantiza que las fosas comunes estén protegidas, documentadas y excavadas adecuadamente, y que los familiares de los desaparecidos y otras personas puedan participar en el trabajo de la institución.

Registro Central de Personas Desaparecidas (CEN) de Bosnia y Herzegovina

El artículo 2.1 de la Ley para el establecimiento de registros centrales de personas desaparecidas (CEN) en Bosnia y Herzegovina como parte del MPI establece que el propósito del CEN es unificar la información sobre personas desaparecidas mantenida a nivel local y de entidad mediante:

  • Las autoridades;
  • Organizaciones no gubernamentales;
  • Familiares de personas desaparecidas; y
  • Oficinas de búsqueda y organizaciones internacionales

Establecer una lista única y unificada de personas desaparecidas según lo dispuesto en la Ley sobre Personas Desaparecidas es una manera importante de garantizar que exista un conjunto de cifras precisas y confiables. Entre otras cosas, esto reduce el margen de manipulación política y tergiversación de cifras.

La base de datos unificada del CEN se completó en febrero de 2011. Combinó 12 bases de datos separadas con información sobre personas desaparecidas recopilada por la antigua Comisión de la Federación sobre Personas Desaparecidas, la Oficina de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Detenidas de la RS y la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas Desaparecidas, así como datos del CICR y la ICMP.

La finalización del CEN tuvo importancia regional. En 2011, a petición de los gobiernos de Bosnia y Herzegovina, Serbia, Croacia, Montenegro y Kosovo, la ICMP inició la compilación de una base de datos regional unificada de personas desaparecidas en los Balcanes Occidentales. La Base de Datos Regional se creó oficialmente luego de un intercambio formal de cartas y acuerdos firmados entre ICMP y las instituciones nacionales de estos países en 2016 y 2017. La Base de Datos Regional fue lanzada al dominio público por el Grupo de Personas Desaparecidas el 3 de noviembre de 2022 en La Haya en un evento específico dentro de la Cumbre del Proceso de Berlín. Su lanzamiento significa que los registros actualizados ahora están disponibles públicamente en todo momento y permiten a las familias de los desaparecidos y otras personas. Además de sus beneficios prácticos inmediatos, la lista representa un récord histórico.

Desde el principio, BIH cambió su enfoque de la cuestión de las personas desaparecidas, de uno regido por una lógica humanitaria a uno situado dentro de un marco de estado de derecho en el que la resolución de los casos de personas desaparecidas es asumida por las instituciones del estado de derecho del país, incluidas su sistema de justicia penal. En consecuencia, BIH también recurrió a métodos forenses, en particular análisis de ADN, para localizar e identificar a los desaparecidos. Lo que se conoció como el proceso de identificación basado en ADN se estableció con la ayuda de ICMP en 2000. Este proceso aplicó pruebas de ADN de forma no selectiva a gran escala, con identificaciones resultantes de coincidencias de ADN “ciegas” realizadas por computadora entre el ADN de restos humanos no identificados y el de familiares de los desaparecidos.

El uso de la ciencia forense suele estar regulado en códigos de procedimiento penal o normas de prueba que también abordan el uso del ADN. En Bosnia y Herzegovina no existe un marco jurídico interno para el uso del ADN, en particular a los efectos de un proceso de personas desaparecidas. Más bien, el proceso dirigido por la DNA se instituyó en virtud de acuerdos entre el Estado y la ICMP conforme al derecho internacional. El Estado, así, hizo uso de su acuerdo internacional creando así capacidad para compensar una brecha en la capacidad interna asignando una función pública de investigación a una organización pública internacional capaz de desempeñar esa función. El resultado de ese proceso, a saber, las identificaciones de ADN de los restos de personas desaparecidas y los informes de coincidencias de ADN, los proporciona la ICMP directamente al Instituto de Personas Desaparecidas, que los entrega a los tribunales nacionales competentes que procesan y cierran los casos de personas desaparecidas de conformidad con la Ley Penal. Código de Procedimiento.

Revisión de NN

A finales de 2012, el MPI determinó que había 3.279 casos de restos humanos en depósitos de cadáveres de toda Bosnia y Herzegovina que tenían el estatus NN (Nomen Nescio / Sin nombre), es decir, no estaban identificados.

En 2013, por iniciativa de la ICMP, el Fiscal Jefe de BIH ordenó una revisión de todos los casos no identificados en las morgues para establecer el alcance de los problemas técnicos y al mismo tiempo examinar por qué no había sido posible durante más de una década comparar los perfiles de ADN de restos humanos en los depósitos de cadáveres con 8.000 casos notificados de personas desaparecidas, para los cuales las familias de los desaparecidos habían proporcionado suficientes muestras de referencia.

En noviembre de 2017, tras un esfuerzo de cuatro años encabezado por la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina en cooperación con el MPI y con asistencia técnica de la ICMP financiada por la Unión Europea, la ICMP y el MPI anunciaron los resultados preliminares del proyecto en una acto público en Sarajevo. Los resultados finales del examen, presentados en 15 informes separados, se presentaron oficialmente a la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina y a otras fiscalías competentes en mayo de 2018. La revisión cuidadosa de todos los restos conservados en las morgues de Bosnia y Herzegovina dio como resultado 121 nuevas identidades, 968 reasociaciones con casos previamente identificados y recomendaciones al Fiscal sobre las medidas que deben adoptarse para resolver la mayoría de los casos restantes. También se hicieron recomendaciones sobre la gestión de registros y casos almacenados en las morgues. Las morgues donde se llevaron a cabo exámenes forenses de restos no identificados son Banja Luka, Gorazde, el Proyecto de Identificación de Krajina en Sanski Most, Modrica, Nevesinje, Odzak, el Proyecto de Identificación de Podrinje y el Centro Conmemorativo en Tuzla, Sarajevo Oriental, Mostar, Travnik y Visoko.

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