Chipre

En Chipre, 2.002 personas (492 turcochipriotas y 1.510 grecochipriotas) fueron reportadas como desaparecidas como resultado de los disturbios ocurridos en el decenio de 1960 y los acontecimientos de 1974. En 1981 se creó un Comité sobre Personas Desaparecidas con el respaldo de la ONU y continúa coordinando esfuerzos para localizar e identificar a los desaparecidos.

El CMP está formado por tres miembros, uno designado de la comunidad grecochipriota, otro de la comunidad turcochipriota y un tercer miembro seleccionado por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y designado por el Secretario General de la ONU. El acuerdo que establece el CMP estipula que debe tener acceso en toda la isla para realizar su trabajo.

La CMP no intenta investigar ni atribuir responsabilidad por las muertes de personas desaparecidas ni hacer conclusiones sobre la causa de dichas muertes. Su mandato es humanitario: lograr “un cierre para miles de familias afectadas mediante el regreso de los restos de sus familiares desaparecidos”.

Entre 2006 y principios de 2023, el CMP exhumó 1.197 restos humanos e identificó a 1.029 (737 grecochipriotas y 292 turcochipriotas).

En julio de 2012, ICMP comenzó a extraer perfiles de ADN de muestras post mortem recibidas del CMP y a compararlos con perfiles de ADN de muestras de referencia familiares anónimas. ICMP también ha brindado orientación sobre casos problemáticos y asistencia para comparar perfiles de una base de datos histórica de muestras producidas antes de la participación de ICMP.

Hasta la fecha, ICMP ha generado perfiles de ADN a partir de 1.632 muestras de hueso enviadas para su análisis. Se han presentado a la ICMP un total de 1.533 informes de coincidencias y reasociaciones de ADN, que representan a 341 personas desaparecidas.

El 14 de diciembre de 2015, la República de Chipre se convirtió en el octavo país en firmar el Acuerdo ICMP .

Instrumentos legales internacionales

Además de la ICMP, la República de Chipre es Estado parte de importantes instrumentos internacionales de derechos humanos, incluido el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) y la Convención de las Naciones Unidas. contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT). Firmó la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (CIPPED) en 2007, pero aún no la ha ratificado. También es Estado parte en el CEDH. Se convirtió en parte del Estatuto de Roma en 2002.

Marco constitucional

La Constitución de Chipre de 1960 garantiza la protección del derecho a la vida y el derecho a la libertad y seguridad de la persona, así como el derecho al respeto de la vida privada y familiar. También establece que ninguna persona será sometida a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes, así como la igualdad ante la ley. Sin embargo, como resultado de los conflictos entre comunidades, la República de Chipre aplicó una doctrina jurídica de necesidad, que plantea excepciones implícitas a determinadas disposiciones de la Constitución y que puede extenderse a las garantías de los derechos fundamentales. El proceso de MDP relativamente más limitado que se describe a continuación puede verse en este contexto.

El Comité sobre Personas Desaparecidas en Chipre (CMP) ha llevado a cabo exhumaciones y exámenes antropológicos, y en 2012 adoptó un enfoque de identificación basado en el ADN, en virtud de un acuerdo con la ICMP. El mandato humanitario del CMP no permite examinar la causa o la forma de muerte de las víctimas, y el TEDH ha considerado que su trabajo no cumple con los estándares para una investigación efectiva requerida en virtud del art. 2 del CEDH, derecho a la vida, en el caso Chipre vs. Turquía.

Otras regulaciones y medidas

En la sentencia de la Gran Sala de 2014 sobre la cuestión de la satisfacción justa en el caso Chipre contra Turquía, el tribunal concedió la suma total de 30.000.000 EUR por el daño moral sufrido por los familiares supervivientes de personas desaparecidas. La sentencia siguió a la sentencia principal de 2001 en la que se encontraron numerosas violaciones del CEDH por parte de Turquía en relación con personas desaparecidas en relación con operaciones militares que había llevado a cabo en el norte de Chipre en 1974. La suma concedida iba a ser distribuida por el Gobierno chipriota a las víctimas individuales de las violaciones constatadas en la sentencia principal. El Gobierno chipriota debía establecer un mecanismo eficaz para distribuir las indemnizaciones concedidas entre las víctimas individuales.

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