Chile

En febrero de 1991, la Comisión nacional chilena de verdad y reconciliación publicó un informe en el que se detallaban los abusos contra los derechos humanos que resultaron en muertes y desapariciones durante el régimen militar. 

Según el informe, 2296 personas fueron asesinadas durante esos 17 años. Estimaciones posteriores elevan el número de personas desaparecidas a 3400. Se reconoce que abordar la cuestión de las personas desaparecidas es clave en el proceso de reconciliación social tras la vuelta a la democracia.

Chile ha avanzado mucho en su manera de abordar los abusos contra los derechos humanos cometidos en el pasado a través de varias comisiones de la verdad, reformas jurídicas y el enjuiciamiento de los autores de dichos crímenes y delitos.

La casa conmemorativa de José Domingo Cañas en Santiago, Chile, muestra fotografías de personas que fueron arrestadas o desaparecidas bajo el liderazgo de Augusto Pinochet el 30 de agosto de 2023. [Ivan Alvarado/Reuters]

Instrumentos jurídicos internacionales

Chile ha avanzado en el desarrollo de un marco jurídico para abordar la cuestión de las personas desaparecidas a escala internacional. En concreto, Chile es Estado parte en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos, como el Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR por sus siglas en inglés) el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR) y la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (ICPPED), así como de instrumentos regionales como la CADH y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. Además, se adhirió al Estatuto de Roma en 2009 y al Acuerdo de ICMP en 2015.

Marco constitucional

En marzo de 2023, la Constitución vigente todavía es la de 1980, durante el régimen de Pinochet, pero se ha enmendado varias veces desde la transición de Chile hacia la democracia en 1990. La Constitución proporciona garantías de protección de los derechos humanos (art. 19), incluido el derecho a la vida y la integridad física y psicológica de la persona, la prohibición del maltrato, la igualdad ante la ley, la protección igualitaria de la ley, el respeto y la protección de la vida privada y familiar y la prohibición de la privación arbitraria de la libertad.

También establece al Ministerio Público (la fiscalía) como órgano autónomo para dirigir las investigaciones penales y adoptar medidas para la protección de víctimas y testigos.

En diciembre de 2000, en Chile, entró en vigor el nuevo Código procesal penal, que remplazó el sistema inquisitivo secreto utilizado hasta la fecha por uno acusatorio. La reforma incluye la creación de una Fiscalía y la Defensoría Penal Pública, entre otros. Además, desde entonces, las víctimas tienen derecho a presentar denuncias penales y a exigir a la Fiscalía que realice investigaciones, así como a llevar un caso a la fase de juicio incluso aunque la Fiscalía esté ausente.

Uno de los avances más importantes en el campo de los derechos humanos durante el primer mandato presidencial de Sebastián Piñera (2010-14) fue la abolición de la jurisdicción de los tribunales militares sobre civiles. Ha quedado patente que los tribunales militares carecen de la independencia e imparcialidad necesarias para lidiar con las violaciones de los derechos humanos. Por consiguiente, la Ley 20477 de 2010 modificó la competencia de los tribunales militares para que ya no tuvieran jurisdicción sobre casos civiles. Con ello, la Fiscalía lleva a cabo todas las investigaciones de desapariciones forzadas y los juicios que antes se celebraban en tribunales militares ahora se derivan a tribunales civiles.

El artículo 6 de la Ley N° 20.357 sobre crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes de guerra tipifica y sanciona el delito de desaparición forzada de personas como parte de un “ataque generalizado o sistemático contra cualquier población civil”. Por lo tanto, la desaparición forzada no es un delito penal en Chile fuera de este contexto de crímenes de lesa humanidad.

Se adoptaron varias medidas legales estableciendo diferentes comisiones de la verdad en diferentes momentos. En 1990 se creó la Comisión Nacional de la Verdad y la Reconciliación (también conocida como “Comisión Rettig”). El mandato de la Comisión de Retirada era investigar la situación de las personas desaparecidas o ejecutadas durante la dictadura militar. La Comisión concluyó su trabajo en febrero de 1991.

El artículo 1 de la Ley 20357 sobre crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra tipifica y castiga el delito de desaparición forzada de personas como parte de un «ataque generalizado o sistemático contra una población civil». Por lo tanto, fuera del contexto de los crímenes de lesa humanidad, la desaparición forzada no es un delito penal en Chile.

En distintos momentos, se han adoptado medidas jurídicas para crear diferentes comisiones de la verdad. En 1990, se creó la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (también conocida como Comisión Rettig). El mandato de esta comisión era investigar la situación de las personas desaparecidas o ejecutadas durante la dictadura militar. La Comisión concluyó su labor en febrero de 1991.

La Ley 19123 de 1992 creó la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, con el fin de coordinar y aplicar las medidas de reparación propuestas por la Comisión Rettig y reconocer el estatus de las víctimas de violaciones de los derechos humanos cuyos casos no fueron examinados por la Comisión Rettig por falta de pruebas o porque no se presentaron los antecedentes. Esta Ley también establece beneficios para los familiares de las víctimas reconocidas por la Comisión Rettig y la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. Entre otros, la Ley contempla una pensión de reparación para los familiares directos que garantice un nivel mínimo para todas las víctimas, el pago de una pensión a los familiares directos, becas de estudio para los hijos, el acceso a una bonificación compensatoria, a prestaciones médicas gratuitas y al Programa de Derechos Humanos. El Programa también incluye apoyo a los familiares en la identificación y restitución de los restos mortales de la víctima, así como los costes funerarios.

En 1999, se creó la Mesa de Diálogo para que las fuerzas armadas participasen en el diálogo nacional sobre violaciones de los derechos humanos durante la dictadura militar y recopilar información sobre el paradero de las personas desaparecidas.

En agosto de 2003, se creó la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech I). En virtud de su mandato, esta comisión tomó testimonios, recopiló información y elaboró una lista de supervivientes que habían sido privados de libertad y torturados por razones políticas, casos que la Comisión Rettig no contemplaba.

Después, la Ley 20405 de 10 de diciembre de 2009 creó el Instituto Nacional de Derechos Humanos y, en virtud de un artículo transitorio, la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, conocida como Comisión Valech II. El mandato de esta Comisión era recabar información sobre nuevos posibles casos de desaparición forzada, ejecución política, prisión política o tortura que no hubieran sido reconocidos por las Comisiones anteriores. Los familiares de las víctimas reconocidas por la Comisión Valech II tienen los mismos derechos que los reconocidos por la Comisión Retting y la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.

El 15 de mayo de 2006 se creó la Comisión Asesora Presidencial sobre Derechos Humanos para mejorar el ritmo y la eficiencia del trabajo de resolución de casos de personas desaparecidas del período 1973-90. La Comisión formó un panel de expertos para establecer las bases de un sistema de localización e identificación de restos mortales de personas desaparecidas que cumpliera con los estándares esperados por los familiares, la comunidad científica y los ciudadanos en su conjunto.

En estos esfuerzos, el Servicio Médico Forense, que depende del Ministerio de Justicia, desempeña un papel esencial en la identificación de los desaparecidos y la determinación de la posible causa de la muerte. El Servicio recibe apoyo técnico en el análisis de restos humanos de instituciones extranjeras como la ICMP, que también participó en la Comisión Presidencial.

En estos esfuerzos, el Servicio Médico Legal, que depende del Ministerio de Justicia, desempeña un papel fundamental en el proceso de identificación de las personas desaparecidas y en la determinación de las posibles causas de la muerte. En el análisis de los restos humanos, este Servicio recibe apoyo técnico de instituciones extranjeras como ICMP, que también participó en la Comisión Presidencial.

En junio de 2008, ICMP firmó un acuerdo con Chile para proporcionar asistencia técnica en la identificación de víctimas de desaparición forzada.

El laboratorio de ADN de ICMP colabora estrechamente con el Servicio Médico Legal (SML) desde 2009, proporcionando perfiles de secuencias cortas de ADN repetidas en tándem (STR) de muestras de referencia y post mortem (PM) y brindando asesoramiento técnico en el cotejo de ADN. El acuerdo con el SML se ha seguido renovando, la última vez en junio de 2023.

En diciembre de 2023, el laboratorio de ADN de ICMP había elaborado el perfil de 2591 muestras de referencia, correspondientes a 1098 personas desaparecidas, y 439 muestras post mortem. ICMP tiene una tasa de éxito de perfiles STR de ADN del 72 % para las muestras post mortem de Chile. El laboratorio de ADN de ICMP ha proporcionado una amplia asistencia cotejando perfiles y elaborando informes de coincidencias, con 93 informes de ADN relativos a solicitudes de Chile.

Otras normas y medidas

Chile ha creado una base de datos nacional con muestras de ADN de familiares de las víctimas reconocidas por las distintas comisiones para garantizar que cualquier resto humano que se encuentre pueda ser identificado adecuadamente y de manera rápida. La base de datos sobre personas desaparecidas forma parte del Sistema Nacional de Registros de ADN (SNDD) de Chile, que consta de cinco bases de datos diferentes, cada una de ellas con perfiles genéticos de una fuente distinta. Además, incluye perfiles genéticos proporcionados voluntariamente por personas que creen tener parentesco con las personas desaparecidas. Estos perfiles se conservan hasta que se identifican las personas desaparecidas.

El Plan nacional de búsqueda anunciado en agosto de 2023 por el presidente Gabriel Boric plantea objetivos estratégicos para encontrar e identificar a las personas desaparecidas, establecer las circunstancias de la desaparición y hacer justicia a las familias.

Las autoridades chilenas llevan a cabo campañas de difusión dirigidas a las familias de las personas desaparecidas, en las que les invitan a proporcionar muestras de sangre para la identificación por ADN. Puede obtener más información en español  .

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